martes, febrero 05, 2008

Conferencia sobre Educación para la Ciudadanía de Benigno Blanco.

En la Jornada informativa sobre la Educación para la Ciudadanía que tuvo lugar este sábado 2 de febrero en Zaragoza, intervinieron Benigno Blanco, como Presidente del Foro Español de la Familia, y José Luis Bazán como integrante de Profesionales por la Ética.

Organizaron el Foro aragonés de la Familia y la Plataforma EpC?... Aragón, va a ser que no!

Benigno Blanco y Javier Muñoz


La primera exposición, la de D. Benigno Blanco, trató fundamentalmente de los contenidos de la Asignatura y las razones para la objeción.

La clave de la objeción no está tanto en el contenido sino en lo que es una intromisión del Estado en la vida familiar y social excediendo sus competencias. Nosotros que legitimizamos el Estado como instrumento de cooperación para nuestro bien personal y social, nos encontramos ahora con un Estado Providencia que pretende "formar la conciencia moral de los escolares españoles de los 10 a los 17 años".

Esta intromisión violenta el contenido del artículo 27,3 de nuestra Constitución: "Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que está de acuerdo con sus propias convicciones".

Pero es que además de esa intromisión, que legitimizaría la Objeción con contenidos razonables, se añade a unos contenidos temáticos, detallados en los Reales Decretos que desarrollan la implantación de la EpC que consagran un modo de pensar y una ética relativista. Y, por tanto, son una determinada forma de entender las convicciones morales. Y esa manera de pensar, sin recursos morales sobre el bien y el mal, entendemos que debilitará la conciencia de nuestros hijos y hará de ellos peores ciudadanos.
Benigno Blanco en un momento de su intervención.



Los tres pilares de la EpC son el relativismo moral, la determinación del bien como lo legalmente permitido y el mal como lo legalmente prohibido y la ideología de género.

Partiendo de la desconfianza con la razón, de la incapacidad del hombre de conocer el bien, definen, desde el relativismo ético, que las normas que debe fijarse la sociedad son aquellas que garanticen la convivencia, y esas normas las determinará la mayoría parlamentaria.

La trampa en este sistema es que esas normas legales adquieren no sólo el valor de obligatoriedad de la ley sino que exigen un asentimiento interno de la voluntad. Y, de hecho hay normas legales que son objetivamente perturbadoras del orden social como pudieran ser las legitimizadoras del aborto. La ética personal debe guardarse en el armario, no puede en modo alguno influir en la convivencia ni en las acciones de los ciudadanos.

Se forman personas incoherentes, sin recursos morales, indefensas ante la llamada de la pasión. Se echa leña al fuego para formar ciudadanos problemáticos.

Si además se añade la ideología de género como una finalidad combativa, como se muestra en libros, directrices y programas editadas por las autoridades socialistas, la carga ideológica que recibirán nuestros hijos será corruptora y corrosiva.

En la Objeción estamos ejerciendo un derecho constitucional, protegido por el artículo 16 de la Constitución.

Pueden objetar tanto los padres como el hijo que son los sujetos de la obligación. La Objeción se comunica, no se pide permiso para ello. Se objeta... objetando.

Los límites que marca la jurispurdencia sobre la objeción no son de aplicación en este caso: ni hay violación de los derechos fundamentales de otras personas, ni se pone en riesgo el orden social.

Hay una gran experiencia con decenas de miles de casos sobre el modo de objetar y las dificultades que se presentan: desde el no reconocer el derecho por la Autoridad o el profesorado, hasta coacciones, tensiones sobre los padres o sobre los hijos, amenazas... pero también hay ya datos positivos. Los que ejercieron coacción siendo funcionarios recibieron comunicación de que su actitud podría ser objeto de delito tipificado por el Código Penal. En Andalucía y Asturias se ha suspendido cautelarmente la obligación de asistir a las clases de EpC mientras se resuelven los recursos.

De hecho según las normas curriculares, el alumno puede pasar con esa asignatura suspensa hasta segundo de Bachillerato. Pero para que llegue a ese curso la aplicación de la ley se habrán tenido ya resoluciones que aclaren la inconstitucionalidad de esta asignatura.

Y es claro que esta asignatura tiene como finalidad formar conciencias, como lo muestra el hecho que aquí se valoran actitudes, no conocimientos. Hay un juicio de intenciones sobre si el chaval ha asimilado la ideología.

Y es claro que la asignatura es doctrinaria además de por los contenidos, por la presión, las inspecciones, los textos elaborados por editoriales afines al PSO o a IU.

La victoria sobre esta imposición inaudita y única en Democracia se aseguraría si creciese más y más el número de objetores. El número ayuda.

Y no es excusa confiar en la campana de cristal, porque los hijos rozan con otros, se forman en casa, en los medios de entretenimiento, en el Colegio, entre los amigos. Con la EpC, todos los lugares que consideramos nocivos para nuestros hijos le serán impuestos y se les evaluará sobre si los han asimilado adecuadamente.

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