miércoles, enero 21, 2009

LA JUSTICIA SIGUE DANDO LA RAZÓN A LOS OBJETORES A EPC

LA JUSTICIA SIGUE DANDO LA RAZÓN A LOS OBJETORES A LA EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA




288 fallos judiciales son favorables a los objetores mientras 29 niegan el derecho a objetar


Madrid, 21 de enero de 2009. A sólo unos días de la reunión en la que el Tribunal Supremo deberá decidir si los padres tienen o no derecho a objetar a EpC, Profesionales por la Ética ha presentado los últimos datos judiciales relativos a la objeción a este conjunto de asignaturas. En resumen, los datos son los siguientes:

Los objetores han presentado 1682 recursos judiciales. La mayoría se han presentado en la Comunidad Foral de Navarra (362), seguida de Castilla-La Mancha, Castilla-León, Andalucía y Galicia.


288 fallos (entre Sentencias y Autos de medidas cautelares) judiciales son favorables a los padres objetores. Estos fallos se han dictado en Andalucía, Extremadura, Castilla y León, La Rioja, Castilla-La Mancha, Zaragoza y Huesca.


· 29 fallos presentan fundamento y fallo contrario a la demanda de los padres objetores. Estos fallos se han dictado en Navarra, Galicia, Murcia, Cantabria y Canarias.

· 33 fallos incluyen fundamento favorable a los padres objetores y fallo contrario por falta de pruebas. Estos fallos se han dictado en Asturias; Baleares y Navarra.

El panorama judicial del derecho a la objeción ha sido presentado por José Luis Bazán, Coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, quien ha señalado que la inmensa mayoría de fallos judiciales son favorables a los padres objetores y proporcionan una argumentación muy consistente a favor del derecho a la objeción a EpC. Bazán ha afirmado que, «al contrario de lo que vienen pregonando los medios afines al Gobierno, el reconocimiento de la objeción de conciencia es la defensa de la libertad educativa de los padres». Finalmente, ha mostrado su confianza plena en que el Tribunal Supremo aplicará el Derecho en vigor, especialmente los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Española, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Carta Europea de Derechos Fundamentales.
Por su parte, Leonor Tamayo, coordinadora de la campaña de objeción a EpC de Profesionales por la Ética ha relatado algunos ejemplos de cómo los objetores a estas asignaturas han sido maltratados, presionados e incluso insultados a lo largo de estos últimos años. «El espíritu democrático, la participación ciudadana, la resolución pacífica de conflictos, el diálogo y la atención a la diversidad, tan presentes en la legislación educativa, rigen para todos los casos pero han brillado por su ausencia en el caso de los objetores que, por motivos de conciencia, se han negado a que sus hijos reciban Educación para la Ciudadanía». La actitud beligerante contra los objetores ha sido muy patente en comunidades autónomas como Andalucía y Asturias aunque Tamayo ha explicado como centros concertados, asociaciones de padres y sindicatos han amenazado o acosado a los padres objetores y a sus hijos. Tamayo ha concluido afirmando que «los miles de padres objetores a EpC no constituyen amenaza para nadie. Apoyados en sólidas convicciones, impulsados por el amor a sus hijos y con gran sufrimiento, luchan por la defensa del derecho a la libertad de conciencia y enseñanza, ante semejante imposición totalitaria del Estado. Siendo inminente el pronunciamiento del Tribunal Supremo, confiamos que en nuestro Estado de Derecho, el sistema jurisdiccional velará adecuadamente por que quede garantizado el respeto a los derechos humanos tan flagrantemente vulnerados».

Finalmente, Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética, ha resumido en 6 las razones por las que, a su juicio, el Tribunal Supremo va a dar la razón a los objetores a EpC:

1. Porque el Consejo de Estado ya advirtió que no podía formar parte de los contenidos de Educación para la Ciudadanía la difusión de valores no consagrados en la propia Constitución.

2. Porque con estas asignaturas el Gobierno ha pretendido recortar el derecho fundamental de los padres a la educación de sus hijos según sus propias convicciones morales, consagrado no sólo en la Constitución Española, sino también en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los principales tratados internacionales sobre derechos humanos suscritos por España.

3. Porque de manera abrumadora la mayor parte de los fallos judiciales dictados hasta el momento confirman que el derecho a la objeción de conciencia es parte indisociable de la libertad de conciencia, presupuesto indispensable de cualquier régimen democrático, que no precisa de un desarrollo legal específico.

4. Porque las más de 50.000 objeciones de conciencia declaradas hasta el momento, los casi mil recursos judiciales presentados y los más de doscientos fallos judiciales favorables a los padres, ponen de manifiesto, de manera inequívoca, que estas asignaturas no transmiten «valores comunes» a todos los ciudadanos, sino la particular concepción moral de quienes en este momento ostenta el poder político.

5. Porque los principales argumentos con los que el Gobierno ha pretendido justificar la imposición de estas asignaturas se han ido revelando manifiestamente fraudulentos hasta hacerse patente el verdadero significado de esta Educación para la Ciudadanía: la imposición, a todos los escolares, de una determinada visión del mundo y de una concepción moral específica, que muchos no comparten.

6. Porque la libertad y la justicia acaban siempre por triunfar, especialmente cuando la lucha por conseguirlas va acompañada del testimonio y el compromiso cívicos de ciudadanos dispuestos a demostrar, cueste lo que cueste, que hay límites que el Poder nunca puede traspasar. Los padres objetores a EpC constituyen un ejemplo de ciudadanía crítica y participativa que algún día se presentará a los escolares como un modelo de ejercicio responsable y comprometido de los derechos humanos.

http://profesionalescomunica.wordpress.com/

Teresa García-Noblejas

PROFESIONALES POR LA ÉTICA

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